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Basque Nation Branding (4): La gobernanza de los Bienes Comunes

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Ion Gaztañaga, Iñigo Lizari

(Acta de una junta general del Valle del Roncal, 1412.. Imagen tomada de Euskomedia)

Si en el último capítulo hablábamos de los símbolos de los vascos respecto a su forma de gobernanza pública en el sentido de las instituciones republicanas, no menos importantes son otras formas de gobernanza esenciales para el bienestar, como son la gobernanza de las empresas, los bienes compartidos, y la propia casa familiar, símbolos destacados en la historia vasca.

En este aspecto, podríamos proponer como conceptos de marca en la gobernanza empresarial y comunal, la Integración, la Sostenibilidad social y económica, y la Responsabilidad y el Supremacía de Trabajo. Los símbolos de estos conceptos pueden ser el significado de Euskaldún, y Las Leyes Comunales.

Si hablamos de integración, pocas veces se reflexiona sobre los ecos e  implicaciones sociales que ha encerrado la palabra Euskaldun, más allá de la raíz etimológica, para contemplar la posibilidad de integrar en él a gente de origen diverso que asume un destino, el de adquirir para ellos una “euskal sena”. Cualquiera que aprenda euskera y participe de la cultura vasca, más aún si este aprendizaje es voluntario y elegido, se convierte en Euskaldun. ¿Qué otras naciones tienen en su lengua algo como un ser nacional determinado por un “euskara duena” o su ampliación como “euskal sena duena”?

La prueba es que para emular a las otras naciones y tener una marca para los “originarios” no podían servirse de tal elemento y hubo que acudir a una creación como “euskotar” que la sociedad vasca no lo ha utilizado de forma generalizada. Por tanto, que tengamos una lengua que llama a los “propios” euskaldunes es de una inclusividad a prueba de toda emigración que ha/hemos venido y nos ha de venir. La ampliación del término «Euskaldun» a aquellos que compartan unos valores tradicionalmente presentes en la forma de entender la vida por parte de los vascos, el «euskal sena duena», proyectaría esta inclusividad aún más allá.

Y esa Inclusividad no puede perdurar sin Sostenibilidad. Y si hablamos de sostenibilidad social y económica, daremos con la expresión “tercera vía” que se presta a confusión si no se contextualiza, y que aparece en varios de los comentarios que vienen publicándose sobre las contribuciones científicas de Elinor Ostrom, tan bien analizadas en su vertiente vasca el blog Ekoberri. En este sentido, como puntualiza bien Pako Garmendia en Ekoberri:

“no podemos caer en la torpeza de reducir a esta tercera vía a una tercera vía entre individualismo – colectivismo o entre propiedad individual – propiedad estatal, izquierdas y derechas, a riesgo de no comprender las claves profundas de su funcionamiento social que residen en el hecho de considerar que ningún sujeto, ni individual ni colectivo, puede hacer lo que le venga en gana con los bienes de la Comunidad, porque existe el deber socialmente institucionalizado de garantizar que dichos bienes sirvan también a las futuras generaciones que quedarán igualmente vinculadas a ese deber.”

Y es aquí donde aparece el sello vasco, la identidad vasca de los bienes comunes, dentro de la poliédrica “identidad vasca”. Por ello el mismo autor afirma que:

“en este contexto puede entenderse el testimonio de Diego Angulo Laguna, que, solo después de una larga experiencia como Notario de Gernika en el s. XIX, llegó a comprender el comportamiento de los vascos en los procesos de transmisión de los bienes raíces. Y basándose en esa experiencia afirma en su documentado libro Derecho Privado de Bizkaia «Creo descubrir en la conciencia jurídica de esta raza, algo así como la intuición del principio profundamente social de que el trabajo es por excelencia el principal factor del mantenimiento efectivo del derecho de propiedad, que lo hace digno de respeto y de la consideración del Estado».

Evidentemente, la raíz vasca también encuentra su reflejo en otros territorios del País, y como muestra de ello tenemos las ancestrales leyes del Roncal, que citando la Colección Euskaldunak, en su Tomo 4, nos da idea del valor del trabajo, y la lucha contra la especulación y partición de la riqueza común, siempre sometido al dictado de que para recibir hay que trabajar:

Las normas institucionales concretas son muchas veces herencia de una historia pasada o adaptación de la experiencia de otros pueblos próximos. Pero es importante saber quién sanciona la validez vinculante de una norma en relación a la comunidad que se va a regir por la misma. En el caso concreto que nos ocupa son los vecinos del lugar en cuanto miembros de los concejos y, a través de éstos, de la «Unión» o Comunidad del Valle de Erronkari.

Por esta razón debemos dilucidar las condiciones que le acreditan a una persona como vecino en el Valle de Erronkari. Según las Ordenanzas del Valle de 1534, llamadas ordinariamente «Capítulas de Unión del valle de Erronkari», a las que se hará referencia continua en disputas y discusiones que se originen dentro de la Comunidad o entre ésta y otras instancias, se establece:

«que todo vecino que quisiera gozar de vecindad en dicho valle de Erronkari y en los lugares compresos en aquella, haya de tener y tenga casa o solar de casa y resida en aquella en todo tiempo del año, con su mujer y familia personalmente, (…), contribuya y cumpla en todos y cualesquiera gastos y vecindades, que los otros vecinos residentes acostumbran de pagar»

Esta es la condición fundamental que deben reunir para intervenir directamente en asambleas o indirectamente en los órganos de representación que decidan la normativa institucional por la que se van a regir. Las Capítulas a las que estamos haciendo referencia fueron recopiladas por representantes elegidos y nombrados «por los dichos alcaldes, Jurados, vecinos y concejo y universidad del valle de Erronkari», «para hacer, ordenar y asentar las dichas ordenanzas, cotos y paramientos», siendo la finalidad de este ordenamiento institucional:

«para que sepan ahora y a los tiempos a venir los alcaldes, jurados, vecinos y concejo y singulares personas del dicho valle de Erronkari, como se deben regir en la dicha vecindad del dicho valle y como se han de gobernar en gozar y usufructuar (…) términos y montes»

Es decir, es la comunidad de vecinos del Valle la que acuerda la representación que dictaminará sobre las normas que deberán guardar los susodichos vecinos en el disfrute y goce de la tierra y sus recursos naturales.

El documento que comentamos destaca que la condición de vecindad exige la adscripción a una casa en la que se reside durante todo el año. Quien no cumpla esta condición no puede intervenir en el ordenamiento cívico- social de la comunidad y tampoco puede acceder al disfrute y goce de los bienes del Valle. Como se podrá comprobar, la intención que anima a los legisladores es que los beneficios que aporta el Valle estén vinculados lo más directamente posible al trabajo directo que realiza cada vecino. Esta es la razón por la que ni siquiera el hijo que herede de su padre la casa familiar podrá disfrutar de pastos y ganados, si no establece y fija su residencia en el dicho Valle. Esta es la forma para no consentir la explotación de haciendas a través de terceros y cortar así posibles cauces de especulación.

La Inclusividad en la Comunidad, mediante la vía de compartir los valores Euskaldunes, donde prime el Trabajo frente al Subsidio, donde prime el Bien Común frente al interés personal, y donde la experiencia permita el desarrollo personal luchando contra la especulación. Valores y Marcas propios que en esta situación de crisis, deberíamos poner en valor y proyectar como País, ahora más que nunca.

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7 comentarios en «Basque Nation Branding (4): La gobernanza de los Bienes Comunes»

  1. Anda, ¿en qué lengua está escrito el documento este? Me suena.

    *»Asumir un destino», chicos, estáis pasados.

  2. Pasada está la gente como tú.

    Aquí se trata de hacer memoria de lo que hemos sido, para que podamos seguir siendo.

    Pasados es lo que tu quieres que esteamos, para que sea incontestable el presente español que nos quereis imponer valiendos de todo lo que haga falta.

  3. Chico, es que no reconozco el batua como parte de esa esencia que hay que continuar halagando. Ni siquiera reconozco tu propio nombre como parte de la misma vasquidad esencial. Me suenan a inventos de última hora. Es que por mucho que leo las crónicas antiguas de los vascos no encuentro ningún Unai, ningúna Aitziber ni sorkundes. En realidad lo vuestro es una moda que pretendéis colar como costumbre. Una moda con la que jerarquizáis la sociedad. Nada hay de vasco en vuestro invento. Todo es fake.

    Yo soy vasco, y voy a continuar siéndolo, y lo voy a ser de acuerdo a los valores esenciales de los vascos, no a esas superficialidades banales a los que os apuntáis algunos.

    Ya te digo, pasados , mentirosos y, sobre todo, miméticos.

  4. Toma destino. Eujadi, una unidad de desastre en lo regional. Panda de apañoles.

  5. El tema del fuero del Roncal pues nada tiene que ver con las babazas que viertes, Benjamitxo, que el espíritu es una cosa y la letra otra y claro ahí tu simplemente pues muestras tu odio por los nombres euskéricos, que te ponen los pelos como escarpias. Y claro todo eso que no es más que poner nombres vascos pues para tí se convierte en algo que te aterroriza por que claro tu has vivido una realidad netamente españolaza y claro eso se te resquebraja.

  6. Ene bada, ez ikusten !

    Me parece muy fuerte a estas alturas que gente como el grillo de benjamin, una vez mas se atrevan a INTENTAR meter el dedo en el ojo de ilustres investigadores como Iñigo Lizari y Ion Gaztañaga.

    Digo lo de ilustres investigadores porque como todo se divide en dos, estos señores:

    1) hacen un esfuerzo descomunal de recoger con absoluto rigor historico, datos que son objetivables.

    2) lo hacen porque está escrito que esas costumbres de muchos valles, herrialdes de las tierras vasconas se gobernaban de esa manera que por cierto tiene HOY mas utilidad y pragmatismo que nunca.

    Se trata simple y llanamente de analizar dos Conceptos de Propiedad:

    1) el Romano
    2) el Vasco

    El primero basado en el imperium dominium, el afán de acaparar, que esto es mío aunque no me sirva para nada y punto pelota. Suyace en efecto el afan de CONQUISTA.

    El basado en el uso que se va hacer de ese bien, de esas tierras. Tanto es así que jamás un vasco era propietario del caserío. El pimogenito tenía la obligación – concepto de DEBER – de mantener el caserío que vió nacer a toda la familia para a través del TRABAJO poder disfrutar de unos DERECHOS y JAMÁS al revés.

    Uno no tenía el caserío como propiedad sino que uno se DEBIA al cqserío.

    La riqueza de la LINGUA NVARRORUM, una vez mas nos lo ilustra impecablemente con la sencilla expresión de BASERRIRAKO naiz en contraposión a expresiones tipo BASERRI HORI ENEA DA.

    EL Padre Arizmendiarrieta, por cierto, tuvo la visión y supo plasmar las costumbres vascas para poner la semilla de lo que hoy se conoce como MCC con la friolera de unos 80.000 socios cooperativistas.

    Por cierto, ningún país, comunidad ajena a la vasca ha sido capaz a día de hoy de repetir el modelo vasco.

    Los Judíos intentaron con los KIBUTZI, pero. existen varias diferencias importantes que bien podrían ser objeto de debate en otro momento. No quisiera alargarme sobre el tema que nos brindan en éste post Ion e Iñaki.

    Zorionak a los dos por demostrarnos una vez mas que existen cosas, usos, hechos VIEJOS que son de máxima VIGENCIA y ACTUALIDAD de la misma manera que existen cosas, usos, hechos NUEVOS que nacen caducos.

    Debemos saber discernir qué de lo VIEJO es de ACTUALIDAD y qué de lo NUEVO lo es también.

    Con lo cual tanto de lo VIEJO como de lo NUEVO son muchas las cosas que se pueden desechar.

    bona sera!

  7. En fin, poco mas puedo añadir. Después de leera los autores del post y opiniones de los demás, una vez mas queda patente que bejamingrullo está obcecado con desprestigiar lo vasco.

    Las opiniones de Unai Azaola, Merrywether, Sorkunde, creo que son simples y claras.

    JELen

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