Ekonomiaren txokoa: Algunas reflexiones sobre la fiscalidad de las EPSV

José Ramón Urrutia (*)

Desde finales de la década de los ochenta del siglo pasado, existe en Euskadi un tratamiento fiscal que da cobertura a la promoción, desarrollo, y mantenimiento posterior del sistema autonómico de previsión social complementaria y voluntaria, que permite DIFERIR TEMPORALMENTE la carga impositiva en la tributación directa de los aportantes o ahorradores, bien sean personas individuales en las EPSV Individuales o Asociadas y a los trabajadores en las EPSV de Empleo.

El ahorro de todo tipo, pero el de previsión social en especial con un horizonte dilatado en el tiempo, un asociado permanece o puede permanecer de media de 25 a 35 o más años en una EPSV, es merecedor de un tratamiento fiscal un tanto diferente, al orientar su sentido del desembolso hacia épocas muy futuras, y por motivos de precaución o prevención.

Los nuevos tiempos que nos están tocando vivir, y los que nos esperan, y los aprietos que están sufriendo las instituciones públicas vascas para poder cuadrar los gastos anuales con los ingresos, no nos hacen ser muy optimistas con respecto al nuevo marco fiscal que las Juntas Generales de los Territorios Históricos planifican y preparan tanto para el IRPF como para el Impuesto sobre Sociedades (IS), pero deben de tener en cuenta, para la nueva normativa que nos espera, una serie de reflexiones, con respecto a las EPSV, que pasamos a comentar.

1.- Puede ser conveniente, en momentos como los actuales, recortar, tal como se ha hecho en las Normas Forales aprobadas muy recientemente por los tres Territorios Históricos, las cuantías deducibles de las aportaciones tanto de los ahorradores individuales (IRPF), como de las empresas y de los trabajadores en los sistemas de empleo (IS), ponderando la posibilidad de apoyar algo mas estas últimas. Lo que se ha de intentar, es que no se beneficien en exceso de las ventajas fiscales los perceptores de rentas más altas, sino aquellos que van a tener más necesidad de complementar su pensión pública, y hacen un esfuerzo con su renta personal bien directamente o a través del acuerdo o pacto en el convenio colectivo de la empresa o del sector donde trabajan. Las deducciones aplicadas por los asociados de las EPSV no deben tener el carácter de regresivas, y los beneficios fiscales deben de repartirse de forma más equilibrada de lo que actualmente se hacen.

2.- Los beneficios fiscales que anualmente disfrutan los asociados contribuyentes, se irán RECUPERANDO, en su totalidad o en mayor o menor cuantía en el tiempo, por las Haciendas Forales en el momento de la percepción de la pensión complementaria por parte del socio pasivo o beneficiario, según que el tipo impositivo del perceptor de la prestación coincida en mas o en menos con el tipo impositivo del momento de la aportación.

3.- Los expertos fiscalistas tienen por costumbre, cuantificar como excesivos los beneficios fiscales que anualmente se conceden a los socios de número y a los socios protectores contribuyentes, SIN VALORAR Y CUANTIFICAR EN SU JUSTA MEDIDA EL INCREMENTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL que se viene produciendo anualmente por los rescates y pensiones que vienen causando y percibiendo los asociados y beneficiarios de las EPSV (IRPF). Nunca hemos visto evaluar este aspecto en las informaciones complementarias que se presentan anualmente, y netear el importe de los beneficios fiscales reales y anuales concedidos.

4.-Al patrimonio de las EPSV, casi 20.000 millones de euros, ni se le cuantifica, ni se le tiene en consideración para evaluar el efecto del RETORNO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA INVERSIÓN, que produce o debiera producir en la sociedad y en la economía vasca en cada momento. El Gobierno Vasco y las Haciendas Forales deberían analizar, y sacar conclusiones sobre donde se invierte por parte de las EPSV los patrimonios de las mismas, y quienes son los emisores de esos activos financieros, su procedencia y domicilio fiscal. ¿No estaremos con el ahorro vasco de previsión social financiando e invirtiendo en estados, organismos o entidades públicas, empresas, proyectos, actividades, etc. que poco o nada tiene que ver con nuestro tejido industrial, con nuestras iniciativas de investigación o desarrollo, con nuestras infraestructuras, con nuestros planes de emprendizaje e innovación, con nuestro apoyo a autónomos y al empleo, etc. y con el agravante además con niveles de riesgo tal vez altos y preocupantes?.

5.- El modelo vasco de previsión social ha consolidado un colectivo de ciudadanos, más del 50% de la población, que tiene o que va a tener en el futuro un complemento, a la cada vez mas reducida pensión pública.

6.- Creemos conveniente, que se debiera revisar la normativa tributaria existente que permite la “ingeniería fiscal” que se viene utilizando con respecto a la percepción de rescates y prestaciones periódicas parcialmente exentas, que además de no cumplir con los objetivos iniciales y básicos de una verdadera previsión social complementaria de la pensión pública, pueden estar causando algún perjuicio en la recaudación anual de las Haciendas Forales. ¿La solución a este problema se resolverá con las EPSV y los Planes de Previsión Social Preferentes creados en la nueva Ley de EPSV aprobada recientemente?

7.- Los derechos económicos acumulados a favor de los socios de número y beneficiarios, y su composición en el tiempo, bien sea a través de aportaciones, rendimientos, plusvalías/minusvalías netas, deberían tener en el momento de su percepción, caso de que se mantuviera la dualidad en el IRPF entre las rentas de trabajo y de capital, un tratamiento fiscal que distinguiera perfectamente cada uno de sus componentes, y no considerarlos a todos ellos como rentas de trabajo percibidas diferidamente. Caso que se modificara en el IRPF la realidad actual de la dualidad, y se unificara el tratamiento tanto de las rentas de trabajo y las de capital, podía seguir manteniéndose el procedimiento actual, de lo contrario debería modificarse.

8.- Sería conveniente, de forma complementaria y por parte del Gobierno Vasco, reforzar el control y modificar las arbitrariedades que se vienen produciendo en las EPSV INDIVIDUALES, exigiendo una concreción puntual sobre los modelos de gestión, administración, información, participación, etc. así como un control, SEVERA REBAJA, y explicación suficiente sobre las COMISIONES que se vienen imputando a los asociados y beneficiarios adheridos a estas EPSV, por parte de los gestores y /o promotores de las mismas.

Las nuevas Normas Forales a aprobar y publicar próximamente, esperemos, seguro que van a seguir apostando por este OTRO ACTIVO SINGULAR DE EUSKADI, como es el de las EPSV.

(*) Economista

Gai honetako beste sarrerak / Otras entradas relacionadas

4 comentarios en «Ekonomiaren txokoa: Algunas reflexiones sobre la fiscalidad de las EPSV»

  1. El no utilizar las EPSVs en Euskadi como herramienta de recuperación industrial (alejandonos aún mas de la eocnomía especulativa) es un grandísimo error.

    Buen articulo.

  2. Ave JEL

    Efectivamente, toda esa masa monetaria debe ponerse al servicio de la construcción de infraestructuras.

    Es inadmisible invertir en bonos y acciones extranjeras cuando tenemos el metro de Donostia y el puerto exterior sin fechas.

    Kutxanbak-en eta Masa Monetario-an Agur Jaunak

  3. No estoy en absoluto de acuerdo con que las EPSV DE LOS TRABAJADORES PUBLICOS se empleen en dar ayudas a las empresas vascas que por decreto decidan los politicos. Nos jugamos los ahorros de los trabajadores PUBLICOS.

    Este dinero debe ser gestionado de forma independiente por expertos financieros que se basen en rentabilidades seguras inviertiendo en VALORES RENTABLES INTERNACIONALES. Los ahorradores (publicos y privados) desean rentabilidad a sus planes de pensiones y no quieren que de ellos se nutran empresas mal gestionadas (sean vascas o de perico de los palotes).

    En el caso de que Urkullu meta mano iremos a los tribunales, de hecho ya se han producido desembolsos en Itzarri debido a su mala gestion.

  4. «Nunca hemos visto evaluar este aspecto en las informaciones complementarias que se presentan anualmente, y netear el importe de los beneficios fiscales reales y anuales concedidos.»
    Refiriéndose a la comparativa entre dinero público aportado en incentivos fiscales o aportaciones y el procedente de ingresos obtenidos en el erario con los rescates.

    Sigue siendo un tema pendiente? Alguien conoce algún análisis sobre este asunto?
    Saludos

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *