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Manuel de Irujo (8): Instituciones jurídicas vascas, la nobleza (I)

Ion Gaztañaga

Manuel de Irujo, en su descripción de las instituciones vascas, presta una atención importante a un tema que ya fue mencionado por el Lehendakari Agirre en sus conferencias: la nobleza universal de muchos territorios vascos y la ausencia de un feudalismo atroz en todos ellos.

Fueron Gipuzkoa y Bizkaia la máxima expresión de esta nobleza original, recogida en sus fueros. Así, los de Gipuzkoa daban a «todos los naturales de la dicha Provincia, que probaren ser originario de ellas… la condición de hijosdalgo en propiedad y posesión, aunque prueben lo susodicho con testigos naturales de dicha Provincia, y les falten testigos pecheros» y la vizcaína advertía que «todos los naturales de Vizcaya, Tierra Llana, villas, ciudades, Enkartaciones é Duranguesado eran notorios hidalgo é gozaban de todos los privilegios de homes hijosdalgo».

Así, a finales del antiguo régimen, en 1787, el 99% de los varones vizcaínos y el 90% de los gipuzkoanos era hidalgo. Araba (35%) y Navarra (12%) no gozaban del privilegio universal de hidalguía, pues la hidalguía tenía que serlo «según el fuero de Castilla», aunque algunos valles pirenaicos navarros (Baztán, Salazar, Roncal) habían obtenido la nobleza universal gracias a los servicios de carácter militar en las guerras contra Francia. Observaba Irujo la genial sencillez de la idea de construcción social de que si para ser libre es preciso declararse nobles según la ley castellana, los vascos proclamamos nuestra nobleza universal. Sin embargo, años después, Álava está englobada en unas provincias consideradas por el Gobierno español (1839) como una zona donde «nada hay allí de común acuerdo con las demás Provincias de España; las leyes distintas, el comercio del todo franco, las contribuciones casi ningunas, las Aduanas infructuosas, los resguardos oprimidos en sus funciones, muy costosos y casi inútiles, la hidalguía se ha hecho universal, sus establecimientos suyos y, en fin, hasta el Gobierno es suyo…». Así nos lo explica Irujo:

Al examinar el contenido de la nobleza vasca y su antagonismo con la nobleza feudal, se observa una vez más el contraste acusado entre la filosofía vasca y la aria. Grecia, Roma, el Feudalismo, la Inquisición, el Renacimiento, la Reforma y las luchas religiosas, el racionalismo, la doctrina liberal y la fascista, son plantas que crecen en el solar ario, amamantadas por el pujante desarrollo de esa gran familia humana, so­bre cuyas espaldas camina la civilización occidental. (…)

La nobleza, la aristocracia de sangre y linaje, tal como la entiende el sentido corriente de esta expre­sión aplicada a una clase social prominente, es un concepto feudal, nacido, o recriado al menos, en el huerto ario al correr de los siglos medios. No me re­fiero, claro está, a la nobleza personal atribuida a la virtud, al valor o al saber, ni a la diferenciación entre razas y pueblos diversos, exaltada por el patriotismo. Dentro de la misma raza, de la propia nación, y pres­cindiendo de las dotes personales de cada indivi­duo, la nobleza de linaje establece una diferencia esencial entre los hombres, que nacen nobles o plebeyos, según corra o no por sus venas la sangre azul, como antaño vinieran al mundo libres o esclavos. La progenie de reyes, con frecuencia bastarda, actos he­roicos, servicios relevantes, no siempre tocados de virtud, y otras diversas causas, dieron motivo a que entre los hombres se estableciera una desigualdad esencial, por la cual, la nobleza se distinguía de las restantes clases sociales, siéndole por ello rendidos los atributos del poder, la gloria y la riqueza.

No voy a hacer un estudio de la nobleza, (…) ni trato tampoco de acopiar cargos contra la misma, como institución humana, que en el tiempo en que ejerció sus poderes plenos, rindió muy estimables servicios a la civilización. Las luchas contra el absolutismo de los reyes y por las liberta­des públicas, encontraron en la nobleza adalides esforzados (…). Aquí en Inglaterra, en este país de aristocrática democracia, bastaría recordar en prueba del aserto la Carta Magna, arrancada por los nobles a Juan sin Tierra, y el Parlamento impuesto por los mismos a Enrique III. Mas ello no obsta para que la nobleza feudal sea una institución fundada en el supuesto de la desi­gualdad humana, concepto contrario a los principios enunciados por el cristianismo y por la democracia.

La nobleza vasca es cabalmente lo contrario de la nobleza feudal. Significa la afirmación de la igualdad humana en cuya virtud, el vasco, por el hecho de ser­lo, nacía dotado de todos los prestigios y preeminen­cias que la sociedad civil puede atribuir a un ser racional. Al encontrarse los vascos con que los pue­blos vecinos diferenciaban a los hombres en nobles y plebeyos, otorgando a los primeros categoría social superior, llamaron a todos sus hijos nobles, esto es, iguales en los privilegios sociales, o lo que es lo mismo, sin privilegio, no consintiendo que ninguno se alzara con exenciones, franquicias, ventajas o prerro­gativas de orden social, por las cuales fuera estable­cida una diferencia de sangre o linaje entre ellos y los restantes ciudadanos.

La nobleza feudal divide a los hombres en dos ca­tegorías fundamentales: superior e inferior; iguala a las muchedumbres en esta última, y destaca para si­tuar en aquélla a los privilegiados por su sangre. La nobleza vasca admite solamente una categoría hu­mana: la que en la organización feudal se denominó superior, y en ella iguala a todos los hijos de su raza. Si la sociedad occidental europea hubiera estado constituida como la vasca, en régimen de igualdad absoluta ante la ley, no hubieran necesitado los vas­cos cuando salían de su patria, exigir que les fuera respetada su condición de nobles. Tal demanda vino impuesta, no por motivos internos de orden vasco, sino por imperativo forzoso del orden feudal, esta­blecido fuera de Euzkadi.

El estudio de este tema lo ha realizado con tanta competencia como cariño el malogrado sacerdote don José de Ariztimuño, una de las víctimas del furor cesarista desatado en España, (…). La Democracia en Euzkadi, reeditada por Ekin poco tiempo ha, contiene elementos de información y jui­cio suficientes para conocer la institución de la no­bleza vasca, sus matices y excepciones. Porque, también hubo excepciones, y es obligado reconocerlas. Ya antes dije, cómo Euzkadi podría re­putarse dividida en tres zonas diversas, la euskaldun, la erderizada y la irredenta. (…) Puede decirse que, la institución de la no­bleza vasca, tal como ha quedado definida, se aplicó solamente a la primera, a la zona euskaldun que cir­cunda el Golfo de Vizcaya. En el resto del país, el feu­dalismo reinante en Europa, introdujo en su seno las clases sociales, en mayor o menor extensión, pero con existencia que, singularmente en Navarra, es tangible y real. Aunque el régimen político establecido en esas regiones no puede denominarse feudal por contener los principios predominantes de una democracia, no es menos cierto que, en Álava, como en Zuberoa, como en Navarra, hubo nobles, y en esta última re­gión, formaban, como hoy en el Reino Unido, uno de los brazos o estamentos de su Parlamento.(…)

¿Denomina alguien feudal al actual sistema representativo inglés, porque junto a la Cámara de los Comunes, que se nutre de los di­putados elegidos por los distritos en que se halla di­vidido el país a efectos electorales, exista la Cámara de los Lores, integrada por nobles designados libre­mente por la Corona y con puesto hereditario en sus escaños? En la Inglaterra de hoy, como en la Navarra de antaño, esos nobles son restos feudales, mas exa­minada en conjunto la institución política inglesa, como la navarra, no podría con justeza calificarse de feudal, aunque no sea una democracia pura, como no lo es. La democracia pura solamente se encuentra en la república; y repúblicas eran de hecho, aunque tu­vieran señor, Vizcaya, Guipúzcoa y Laburdi. Pero, así como existen repúblicas que no son democracias, por más que lo proclame su constitución en texto que nadie cuida de aplicar, se dan monarquías, como la navarra, como la británica, sobre cuyo sistema triunfa la democracia, aunque lores y obispos intervengan en la confección de las leyes, y los jueces usen en es­trado anticuadas pelucas. (…)

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Un comentario en «Manuel de Irujo (8): Instituciones jurídicas vascas, la nobleza (I)»

  1. Magnífica reseña del pensamiento de Irujo. Frente a los enemigos pasados y actuales de los fueros vascos, Irujo nos muestra que el concepto de democracia se adapta a las realidades históricas diversas. Lo que no quita para que las provincias marítimas vascas representen el igualitarismo vasco radical con mayor vigor que otras regiones.

    La comparación con Inglaterra es necesaria. Inglaterra es una democracia aristocrática (creo que John Adams la califica de «república aristocrática») donde la existencia de tres brazos y de la nobleza no quita la existencia de una democracia o un espíritu democrático que se ha trasladado a nuestros días.

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