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La ensalada constitucional española y nuestras leyes

Josu de Letona

La crítica semántica de Igor Goitia de la Constitución Española en Aberriberri subraya la mala redacción de un texto que se pretende tan importante. Comparemos la prosa límpida de la Constitución de los EEUU: “Sostenemos como evidentes estas verdades: que los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad”. En estos ritmos resuenan la música del Nuevo Testamento y de la Ilustración Angloescocesa. Veamos ahora el trabalenguas con el que los padres constitucionales someten al idioma español: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”.

No se sabe si es peor la redundancia que oprime la frase o su deplorable consecuencia tal cual es la contradicción que entraña querer apuntalar una creencia mediante la apelación a sí misma: pues si la nación española es indivisible ¿de qué manera puede fundamentarse en su indisoluble unidad? Goitia apunta la repetición del error cuando la Constitución dice: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”.  Por la gracia de un simple “se” somos testigos de un sujeto que se crea a sí mismo mediante sus mismas cualidades. Como si Dios omnipotente fuera hijo de su propia omnipotencia.

La Constitución española es producto de la contradicción entre la tendencia jacobina de decretar las realidades, como si el mundo naciera en el momento de su aprobación en 1978; y al mismo tiempo, la proclamación de la eternidad del ente llamado “España”. De esta manera, absurdamente, pre-existiendo a su propia naturaleza de “Estado de Derecho”, “España” se metamorfosea como tal. Con lo fácil hubiera sido admitir que antes que esta Constitución (que es una de las tantas de la historia de España) existía una sociedad, un estado e incluso unas libertades que simplemente quedan confirmadas o recogidas.

La Disposición Adicional Primera del Estatuto de Gernika sortea ese peligro cuando afirma: “La aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica renuncia del Pueblo Vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia”. Esta frase expresa la transitoriedad de una carta política como el Estatuto por la pre existencia de un sujeto (“el pueblo vasco”) cuya “historia” recoge otras facultades que, en términos filosóficos, representan una construcción abierta al pasado y al futuro. La LORAFNA Navarra reproduce la misma cosa: “La aceptación del régimen establecido en la presente Ley Orgánica no implica renuncia a cualesquiera otros derechos originarios e históricos que pudieran corresponder a Navarra”.

Nos dirán que la “Constitución” y sus organismos (el Tribunal Constitucional) no admiten esta interpretación del significado de esas palabras. Y que tanto el Estatuto como la LORAFNA son hijas de la Constitución. Pero, dado que la Constitución reconoce la pre existencia de unos derechos históricos vasconavarros ¿cómo puede ser hija algo que es más viejo que su propia madre? Son complicaciones intrínsecas de la ensalada mental del texto constitucional español.

A nosotros nos vale con tomar conciencia del abismo lingüístico-conceptual que existe entre la Constitución, y el Estatuto y la LORAFNA. Como la Constitución de los EEUU, el lenguaje de las Disposiciones Adicionales nos remite a las ideas puras de Platón: somos el reflejo o la sombra de una verdad que no podemos aprehender por medios legislativos pero a la que queremos ser fieles y, por ello, poseen una actualización provisional. La concreción en exceso del “pueblo vasco”, de “Navarra” o de los “derechos” de la historia nos privaría del ejercicio de nuestra libertad actual. Pero su presencia nos inspira a mirar, vindicar y traer aquí y ahora las virtudes por la que nuestros ancestros quisieron ser lo que fueron.

El lenguaje de la Constitución Española, sin embargo, nos recuerda al mundo de la película Hellraiser, en el cual demonios acribillados a clavos se manifiestan con la intención de torturar nuestra actualidad. Orwell decía que el mal lenguaje no es más que reflejo de una mala política. La constitución norteamericana podía elevarse a la abstracción por el anhelo de proclamar lo obvio-universal, apelando a esa criatura llamada “hombre”. La criatura “España”, siendo un ente evidentemente particular, no queda elevada por las frases antecitadas, sino más bien sumergida. Mientras que los “españoles” parecen liliputienses pululando en torno la “Constitución” y la “Nación”.

La Constitución española tiene virtudes como la de ser la primera que fue votada por el pueblo español y derivó en unas elecciones. Los vascos decidimos abstenernos. Sabia decisión de nuestros antepasados políticos que debemos actualizar: Euskal Herria no necesita el reconocimiento de ninguna constitución ni asamblea española. Nuestras cartas políticas (el Estatuto, la LORAFNA) son aval suficiente para ser lo que somos. Partamos de ellas para llegar a ellas, bajo la luz de lo que hicieron nuestros mayores.

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