Suárez, Del Burgo y la huella de Yanguas y Miranda

Fernando Mikelarena bere blogean

ResultadosElecciones1979La muerte de Suárez ha servido (…) para reescribir en positivo una Transición cada vez más cuestionada desde todos los órdenes: desde el territorial (…) hasta el socioeconómico (…) pasando por el institucional (a causa del descrédito de la monarquía y de los partidos políticos mayoritarios).  En nuestro caso la desaparición del expresidente nos ha hecho recordar un aspecto capital que suele pasar al olvido cuando pensamos en la Transición navarra: el diseño de quién debía protagonizar la negociación con el Estado de cara al Amejoramiento del Fuero. Ese diseño respondió a las estrategias planteadas por Jaime Ignacio del Burgo, quien habría contado con el apoyo de los ministros Clavero Arévalo y Martín Villa y con el del presidente Suárez.

Ya a finales de 1977 se abortó la posibilidad, implícita en el acuerdo del ministro Clavero con la Asamblea de Parlamentarios Vascos (…), de que Navarra se incorporara al Consejo General Vasco a través del órgano foral competente, y transitoriamente a través de sus parlamentarios (lo que garantizaba que no tuviera lugar, por la mayoría contraria de los representantes de la UCD navarra). Tras entrevistarse los diputados y senadores de UCD de Navarra en Madrid con Clavero y con Suárez, argumentando que las negociaciones las debía llevar la Diputación, el 25 de noviembre se constituyó el Consejo Parlamentario de Navarra con los nueve parlamentarios elegidos en junio. Este órgano consiguió paralizar aquel acuerdo mediante la introducción, a instancias de UCD, de una claúsula en el proyecto de Decreto-Ley (…) que facultaba al Gobierno de acuerdo con la Diputación para la determinación del órgano foral competente que debía decidir sobre la posible incorporación, siendo necesaria la ratificación de esa decisión por el pueblo navarro mediante referéndum. Todo ello ha sido recientemente recordado por el propio Jaime Ignacio del Burgo.

En el debate constitucional, aunque las tesis de la UCD de Navarra no consiguieron prosperar del todo en lo que se refiere a la Disposición Transitoria Cuarta ni en lo que respecta a la Disposición Adicional Primera (ésta última producto de una enmienda del PNV), triunfaron absolutamente en relación con la disposición derogatoria. Planteada dicha disposición en el Pleno del Congreso, del Burgo consiguió evitar el planteamiento del PNV que extendía la derogación de la ley de agosto de 1839 también a Navarra (y que llegó a reflejarse en una primera versión a la misma), en cuanto que dicha ley había sido para Navarra la base de la solución de 1841 y en cuanto que ésta última debía ser fundamento, a su vez, del futuro Amejoramiento del Fuero. Con la no derogación de la ley de 1839 para Navarra se abría la posibilidad de la fórmula que desembocaría en 1983 en la LORAFNA.

Cerrado lo anterior, el fleco pendiente era la determinación de quién debía protagonizar el proceso negociador con el Estado y cuáles debían ser las fórmulas para la elección del Parlamento Foral y la Diputación en 1979. Las bases aprobadas por la Diputación, elegida en las postrimerías del franquismo (…), que habían sido elaboradas por una comisión de técnicos foralistas, muy alejadas de las posturas de UCD, PSOE (…) y que defendían un Consejo Foral supeditado a la Diputación (…) fueron rechazadas por el ministro Martín Villa.  Finalmente, el Decreto-Ley 121/1979 (…) atendía a los intereses ucedistas. Se conformaba un sistema de elección de la Diputación y del Parlamento con las merindades como circunscripción electoral, siendo diputados el primero o los primeros (en el caso de Tudela y Pamplona) que mayor número de votos alcanzaran en cada merindad. Mediante dicho sistema UCD planeaba asumir la mayoría absoluta de los siete componentes de la Diputación. Dicho pronóstico se cumplió, aunque menos holgadamente de lo inicialmente calculado, puesto que para UCD fueron sólo cuatro (…). Sea como sea, UCD consiguió con 20 sobre 70 escaños en el Parlamento Foral tener el 57,1 por ciento de los puestos de la Corporación Foral.

Además, no menos importante, se establecía la primacía de la Diputación sobre el órgano parlamentario al no ser aquélla elegida por éste. Por tanto, las tesis de la Corporación Foral como custodio inviolable de la soberanía navarra se imponían a las tesis de la democracia moderna según las cuales la soberanía popular reside en los órganos parlamentarios representativos. Con todas esas circunstancias (…) UCD pudo pilotar con total autoridad la vía navarra hacia la autonomía, siguiendo la prefijada hoja de ruta delburguiana, tal y como se explicó en otra entrada de este blog.

No queremos dejar de reseñar que todo lo anterior contenía ciertos resabios del pasado. En el proceso que llevó a Navarra de ser reino a provincia en 1839-1841, los pasos a seguir también fueron dictados por Madrid según la partitura redactada por un navarro, en este caso el tudelano Yanguas y Miranda. La clave fue el Real Decreto promulgado el 16 de noviembre de 1839 para que pudiera “tener efecto lo dispuesto” en el artículo segundo de la Ley de 25 de octubre, esto es, para que se pudiera llevar a cabo el trámite de audiencia de Navarra y Vascongadas necesario para la elaboración de las propuestas de modificación de los Fueros (…). Mediante ese Real Decreto se comenzaban a bifurcar los caminos de Navarra y de las provincias hermanas. Mientras, por el artículo primero, en las provincias de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya se resucitaba el sistema foral tradicional, ordenándose que se constituyeran sus respectivas Juntas Generales para elegir a sus Diputaciones, en lo que respecta a Navarra, según el artículo cuarto, se establecía que la Diputación, ya no del Reino, debía ser nombrada según los parámetros (…) de las diputaciones provinciales.

Se consumaba, por consiguiente, la eliminación de las Cortes que eran, según la constitución histórica de Navarra, las que designaban a los miembros de la Diputación del Reino, obviándose, además, la razón de ser primigenia de ésta, que era la de ser la representación permanente de aquéllas. Por el mismo artículo cuarto se conservaban (…) algunos aspectos formales (…): ésta estaría formada por “siete individuos como antes constaba la diputación del reino, nombrando un diputado cada merindad, los dos restantes las de mayor población”. En cuanto a las competencias de la misma, eran menores que las de la Diputación del Reino: aunque se reconocían las de ésta en aquélla, se supeditaban a “las que siendo compatibles con ellas señala la ley general a las diputaciones provinciales”, sumándose “las de administración y gobierno interior que competían al Consejo de Navarra”, todo ello, claro está, “sin perjuicio de la unidad constitucional”.

Por otra parte, según el artículo séptimo se determinaba (…) una clara diferenciación entre los protagonistas de la interlocución con el gobierno de Madrid: en Vascongadas serían las Juntas Generales las que nombrarían los “dos o más individuos que unos a otros se sustituyan” (…); en cambio, en Navarra los designaría “la nueva diputación”, convirtiéndose ésta en el árbitro del proceso para dicho territorio. (…) Las disimilitudes en el apartado de nombramiento de delegados, así como (…) la concreción de contenidos a negociar (…), eran palpables. En Vascongadas esos aspectos cruciales se debatirían en un foro asambleario con representantes municipales de extracción social variada. En Navarra todo ello sería dirimido por un órgano de siete miembros elegidos por un sufragio fuertemente censitario en un escenario político en el que los diputados elegibles pertenecerían bien al liberalismo moderado, bien al progresista, permaneciendo fuera de juego, por proscripción política tácita, otros posibles candidatos adscritos al carlismo, el predominante entre la opinión pública navarra.

Por consiguiente, dicho real decreto corroboraba las tesis de Yanguas (…) de que el procedimiento de modificación foral en Navarra debía hacerse mediante un método diferente al vascongado por cuanto se subrayaba la imposibilidad de convocatoria de las Cortes navarras. Así, se conformaba una Diputación que respondía (…) más al carácter y naturaleza de las diputaciones provinciales que a la (…) Diputación del Reino cuya misión esencial era, recordémoslo, velar por el cumplimiento de los cánones constitucionales propios del reino (…). Y, paralelamente, se facilitaba el futuro desenlace al quedar configurada la parte negociadora navarra como amigable respecto de Madrid, carente absolutamente de los perfiles reivindicativos de los fueristas vascongados que se negarán a entablar negociaciones.

En 1839-1841 una Diputación dispuesta por Madrid, y amoldada a la estrategia de Yanguas y a los intereses de los grupos sociales que el tudelano representaba, desplazaba a unas Cortes navarras consideradas como un nudo gordiano. Nadie, a excepción de Sagaseta de Ilurdoz, haría comentario alguno sobre la hipotética reforma del legislativo navarro y sobre la usurpación del papel de éste que entrañaba el protagonismo negociador otorgado a la nueva Diputación (…). En 1979-1983 las directrices de la UCD estatal y de la UCD navarra decidirían sobre quién iba a ser el agente primordial en las negociaciones para el nuevo marco de autogobierno, imponiéndose a todas las corrientes democráticas que en la época en el mundo occidental reservaban tal cometido a los órganos parlamentarios. Ciento cuarenta años después se adoptaban los mismos principios tendentes a concentrar el poder decisional en el menor número de personas y a anular o disminuir las posibles interferencias de los foros parlamentarios autóctonos.

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14 comentarios en «Suárez, Del Burgo y la huella de Yanguas y Miranda»

  1. Los paralelismos entre 1841 y 1979 son asombrosos. Navarra «apeorada» como dique de contención. Agostazos y marotazos, la historia se repite. Eskerrik asko Mikelarena.

  2. Mikelarena,
    Acabas de aportar información exquisitamente incisiva.
    Tiene una importancia capital para quien pretenda comprender de verdad de donde venimos (los navarros) donde estamos y … a donde vamos.
    La situación es de vertigo, no podía ser peor para el nacionalismo navarro / vascongado o vascongado / navarro.
    Hoy fundamentalmente situada en las filas de EAJ/ PNV y de GBai.
    E incluso en estas últimas elecciones en no pocas manos de Podemos.
    Es insoportable, trágico el saber como se las han apañado las fuerzas inquisidoras hispaniatarras durante demasiado tiempo y en los últimos cincuenta años ayudados por la otra parte inquisidora, de la IR.
    El saber perfectamente donde estamos, el conocer el DAFO de las fuerzas enemigas de la noble causa vascongada / navarra o navarra / vascongada nos debe permitir avanzar con mas acierto que nunca positivizando todos los frentes que debemos de mantener abiertos para crecer en lo nacional y social y en lo social y nacional, inseparables ambos conceptos.
    El reto es grande pero, habiendo aprendido de errores pasados, espero y confío que nuestros jefes de GBai y EAJ sabrán hacer tareas aún sin empezar, otras a completar, etc. en todos los frentes a los que he estado refiriendome en anteriores escritos, siendo algunos de ellos:
    1.- Intercambio en sectores creadores de economía real, de gentes de la CFN y gentes de la CAV.
    2.- Complementariedad donde la pueda haber entre las dos comuniades como claramente puede ser el sector agroalimentario.
    3.- Como parte importante del punto 1.- Intercambio, inversión valiente en I + D + i + H.
    4.- Apoyo a clusters … de distinta indole.
    5.- Desarrollo de manifestaciones deportivas, culturales, sociales, etc.
    6.- Enriquecimiento mutuo.
    7.- Respeto exquisito de las especificidades existentes y objetivas entre el reino y los hermanos vascongados.
    8.- Cualquier actuación, asociación, colaboración, que supongo el crecimiento sostenible de ambas comunidades.
    9.- Fomento en todo orden de cosas de gestiones resultantes en saldo «win-win» o si lo preferimos «ganar-ganar».

    Gure nazioa, bizpahirutan, bat eginik!

    JELen

  3. Artola, no me vengas con Florencio Aoiz, menudo impresentable defensor e impulsor de la socialización del sufrimiento que tanto daño ha hecho a nuestro pueblo. Alimaña es poco calificativo para una persona que desea extender el mal a las personas.

    Como ya dijo un tal «Cosmocateto-ei aurre» en el blog de Anasagasti: «El requeté Florencio Aoiz luchó contra los gudaris y Ertzañas de EAJ y su nieto Floren Aoiz fue defensor de la socialización del sufrimiento también contra EAJ»

    Y una cosa más artola, si no quieres discutir el artículo, no lo hagas pero no empieces a enmierdarlo. El artículo de Mikelarena no sólo es interesante, sino también único, porque es el único que señala los paralelismos entre la «paccionada» de 1841 y el «amejoramiento». La conclusión es que ambos fueron un «apeoramiento» del fuero, sin ningún lugar a dudas. Y de esos polvos estos lodos.

  4. ¿Alguien me podría decir que tiene que ver todo esto con el artículo? Por cierto, estos tíos del MLNV son especialistas caza personas, antes lo hacían con la metralleta, ahora con semejantes intervenciones.

  5. En efecto Goxoki, cuando es la metralleta o el coche bomba y demás, se emplean a fondo apuntando en diana como lo estan haciendo más arriba.
    Su nivel de COBARDIA se supera con el paso de los segundos.
    JELen

    PD
    Me encanta que lo hagan para que la gente se vaya dando cuenta de lo que podemos esperar de esa basur estiercolizada de gentuza.
    JELen

  6. Irala

    Te falla el manual de estilo.

    Porompompero

    Si tienes el tejado de cristal no tires piedras.

  7. Ruego a los responsables de aberriberri que hagan lo necesario para mantener el prestigio y talante democrático del blog.
    Como bien indica uno más arriba es mucha la lectura de ideas, calumnias, insultos, improperios, que NO guardan relación con el post.
    Los comentarios, en la media de lo posible deben guardar relación directa con el post.
    Los insultos, calumnias de los que estoy siendo directamente «endianado» creo sinceramente que no procede publicarlos.
    Por favor eliminen esos escritos e inviten a la gente a respetar los post, ciñéndose los comentarios a los mismos.
    Esker mila!
    JELen

  8. Tal y como se ha repetido hasta la saciedad, el que tenga intención de desviar el contenido del artículo para hacer el debate inoperante, será baneado. De forma que ruego que se discuta el artículo y los temas relacionados.

  9. No hay como la buena educación, como la cortesía revolucionaria. El club de los “silenciosos” ante las tropelías que cometieron los “selectos “ dándonos lecciones de civismo. Begoñako Amatxo erruki!

    Tamañas barbaridades, alimaña, mal nacido etc. Estas cosa debieran de ir a la comisón de derechos humanos.

    Y al responsable habría que entregarle a la policía motoriza cubana en Venezuela . Se iba a enterar el mal educado!

    Jon kasurik pez, gaur Ulrich Jahn-ek eman dien jipoia nola desbideratu dabiltza. Zuk segi zeurearekin

  10. Ollara (o era Otxagabia) es la jota que cantaban Etxamendi ta Larralde. Esa que podrías haber cantado tu, que estas tan contento, si los EHbai no le hubieran tantos miles y miles de votos al PNB en Iparralde Es lo único que te ha fallado.

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