Opinión de los Alardes y frivolidad científica en el análisis (y III)

Mikel Arriaga, Profesor e investigador

Alarde integrador, Alarde excluyente.

En el capítulo dedicado a los Alardes del último libro de Joseba Zulaika, prácticamente la única referencia que se cita es el libro que Arantxa Urretabizkaia escribió, a modo de relato personal, sobre su experiencia sobre el Alarde de Hondarribia.

Zulaika cita la frase de Arantxa que comenta oyó alguna vez, en la que se decía que más allá de Gaintxurizketa no se entiende el tema de los Alardes; pues en vez de armarse de seriedad universitaria, y fijar las bases de una buena resolución académica de peso, cae en el error más “chusco” de los tertulianos de Telecinco, y opina de oídas, sin datos y sin ningún rigor firme basado en datos y observaciones contrastadas.

Zulaika define el Alarde inclusivo y el Alarde excluyente. Utiliza repetidamente estos términos (por ejemplo, en las páginas 101 y 102). El objetivo del Alarde Inclusivo es hacer un Alarde único, eliminando el Alarde Tradicional. El objetivo de los que componen el Alarde excluyente, el Alarde Tradicional, (que es denominado excluyente por parte de Zulaika), su objetivo es cumplir con la costumbre de sus antepasados, respetando las sensaciones y vivencias de otras personas que quieran representar otro Alarde, pero manteniendo las suyas propias. Es realmente sorprendente la contradicción que se revela, parece que el profesor Zulaika no ha indagado demasiado en el verdadero objetivo del Alarde inclusivo, que no es más que hacer un trágala a todo el pueblo convirtiendo la inclusión en imposición pura y dura. Mientras que los “excluyentes” solo quieren mantener lo suyo sin impedir que otros hagan otras cosas, lo que más les apetezca.

¿Qué pretende el profesor Zulaika con esta manipulación?

A mi entender, el profesor Zulaika se pierde en el relato de Urretabizkaia. No se da cuenta que olvida la perspectiva antropológica y sociológica. Por otro lado, si ambos alardes pueden desfilar cada uno por su lado, como ya se hace en Irún, ¿dónde está el problema?

El asunto, en el fondo, no es más que un problema de convivencia que habría que solventarlo dando un espacio a cada opción de entender lo a es el Alarde. Cosa que los del Alarde “inclusivo” no admiten, ya que quieren anular al Alarde Tradicional, el Alarde “excluyente” así llamado por Zulaika. ¡Vaya paradoja! ¿Verdad?

Sinceramente, pienso que Zulaika se debería explicar mejor, con más datos, opiniones y observaciones. A la vista de los hechos, lo que nos comenta Zulaika en ese capítulo de su último libro, no tiene ningún sentido.

Acabamos de concluir que el asunto es un problema de convivencia. Zulaika al contrario enfoca desde un punto de vista de género. Esta es la idea principal que nos quiere trasladar el profesor Zulaika. Pero observando la vertiente legal y judicial, podemos recordar que las leyes ya han dictado sentencia y nos dicen que no es un asunto discriminatorio. Recordemos ciertos datos judiciales. Para que quede claro, atendiendo a la Sentencia del Tribunal Supremo con fecha de 15 de enero de 2007 (5), podemos concluir claramente que no hay vulneración de los derechos de nadie por cuestión de género. En sus artículos octavo y noveno se nos dice lo siguiente:

OCTAVO

(…) Cualquiera que sea la opinión que se tenga sobre el particular, no parece que pueda afirmarse que la celebración del Alarde en su concepción llamada tradicional suponga en términos de derecho una desigualdad para las mujeres contraria al artículo 14 de la Constitución .

(…) Ambas formas de celebrar el Alarde, son, por tanto, plenamente legítimas y no excluyentes entre sí, debiendo tener lugar por separado, en tanto no medie acuerdo entre quienes las promueven y participan en ellas, precisamente para que, como dice la Sentencia de instancia, no se desnaturalicen entre sí.

 NOVENO

(…) siempre en esas condiciones, no es irrazonable invocar el respeto a una determinada tradición y al hecho de que únicamente los hombres formaran las Milicias Forales para defender una determinada manera de realizar el Alarde.

Estos argumentos y estos datos ya los hemos citado anteriormente. El profesor Zulaika no atiende a datos antropológicos y sociológicos observados in situ, observaciones de campo, que diríamos desde un punto de vista científico. Tampoco tiene noticias de datos y de resoluciones judiciales. Sin embargo, ni corto ni perezoso, publica un libro y carga contra los Alardes. Me sonrojo ante esta actitud y esta argumentación que no es digna de ningún intelectual que así se precie.

Quizá el profesor Zulaika quiera explicarnos, en algún momento, que es lo que pretende con esa actitud de sesgo tan pronunciado ante lo políticamente correcto.

(5)  https://vlex.es/vid/derechos-fundamentales-discriminacion-26667196

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Un comentario en «Opinión de los Alardes y frivolidad científica en el análisis (y III)»

  1. Eskerrik asko Mikel.

    Quisiera añadir también que quienes deseamos seguir celebrando los Alardes de Irun y Hondarribia en su versión llamada tradicional, es decir, mixto también, aunque con roles definidos no sólo en función del sexo (la mujer como cantinera pero no soldado, el hombre como soldado pero no cantinera) sino también en función de otras características físicas (los hatxeros deben tener una altura mínima, por ejemplo), digo, si bien estamos jurídicamente amparados por la sentencia del TS que citas, tenemos el derecho de celebrarlo así independientemente de lo que el derecho positivo diga.

    Esto es, el derecho de reunión es un derecho fundamental reconocido en la declaración universal de derechos humanos. Dado que nuestra reivindicación no implica, como bien se señala en la sentencia del TS, que otros puedan también ejercer su derecho de reunión para organizar otros actos con otras características, nuestra apelación al derecho de reunión es totalmente legítima en cualquier caso.

    En una república bananera, o en un régimen político fuertemente marcado por una ideología concreta, podría darse el caso de que se nos llegara a denegar ese derecho de reunión. Así, la ley de espectáculos públicos de Euskadi (creo que del 2015) incluye algunas frases que, evidentemente, están redactadas con el objetivo de prohibir la celebración de los Alardes tradicionales. Nos hemos salvado de la cacicada gracias a la sentencia anterior del TS.

    Pero a lo que iba es que incluso en el caso de que un tribunal constitucional (que ya sabemos que interpreta la constitución de forma diversa en función de quién gobierne) llegara por arte de birlibirloque a decidir que la constitución no nos asiste para celebrar nuestros Alardes al modo tradicional, ello no implicaría que hubiéramos perdido nuestro derecho. Hay derechos humanos que se tienen sólo por el hecho de ser seres humanos, no se otorgan. Por poner un ejemplo muy gráfico, yo tengo derecho a la vida aunque un tribunal decidiera que no es así y el Estado decidiera matarme.

    Creo necesario incidir en esto, porque hoy día parece que los derechos humanos nos son otrogados graciosamente por las instituciones. No. Los derechos humanos se tienen, y en todo caso, las instituciones los refrendan. Y en base a ese derecho humano fundamental de reunión, quienes deseamos seguir celebrando nuestros Alardes al modo tradicional tenemos plena legitimidad, seamos muchos o pocos.

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