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A Idoia Mendia, sobre nacionalidad, ciudadanía y flujos migratorios

Joseba Ugaldea

Recién convocadas nuevas elecciones al Parlamento Vasco, allá por 2012, conducía hacia Valladolid cuando la radio saltó de dial y sintonizó una entrevista a un político castellano-leonés, al que le preguntaron sobre las elecciones del País Vasco. En el cierre de la conversación el locutor se erigió en protagonista y arengó efusivamente a todos los oyentes, a los que invitaba a empadronarse en el País Vasco. Venía a decir que al ser los vascos tan pocos en número, bastaría con que se empadronara un grupo suficiente de españoles para que, con su voto constitucionalista, garantizara la gobernabilidad vasca lejos de los desvaríos nacionalistas.

No podía creer lo que escuchaba, me preguntaba quién sería aquél locutor, tan insensato y tan osado a su vez, como para pedir públicamente semejante atrocidad antidemocrática. Pero me pareció más grave la factibilidad legal de que un grupo de personas que habita en otros lares pudiera votar en el País Vasco con la facilidad que el entrevistador pregonaba.

Para votar en el Parlamento Vasco es necesario ser considerado ciudadano vasco. Para ello se requiere tener: 18 años cumplidos, nacionalidad española y estar empadronado en el País Vasco. La Junta Electoral suele exigir el empadronamiento previo con unos seis meses de antelación. Es decir, cualquier ciudadano de nacionalidad española, independientemente de su lugar de residencia, puede adquirir derecho a voto en el País Vasco con sólo empadronarse algo anticipadamente, un proceso sencillo y semiautomático.

Si bien a una mayoría no se le ocurriría votar en una Comunidad Autónoma diferente a la suya, existe la posibilidad real de que alguien lo planifique y actúe. Una Comunidad pequeña como la vasca es francamente vulnerable a este tipo de movimientos. Por tanto, entendí que en el nuevo estatus vasco la propuesta de diferenciar nacionalidad y ciudadanía podría bien solucionar este hipotético problema.

Conjeturaba que una mayoría de vascos puede dar por bueno que con el mero empadronamiento las personas que viven en este País adquieran derechos sociales. Pero de ahí a que cualquiera que llevara aquí unos días pudiera votar el destino de este pueblo parecía algo más serio.

Estaba con estas ideas cuando Idoia Mendia declaró “Defendemos una Euskadi plural, con iguales derechos para todos, frente a los que quieren diseñar un país para nacionalistas”, lo que me llevó a volver a replantearme y repensar  el tema.

La conclusión a la que he llegado es que quizás a la frase de Mendia, para entender lo que desea decir, hay que añadir dos conceptos, así “…con iguales derechos para todos los españoles, pero no así para los extranjeros,… “, matizaciones sumamente importantes en estos momentos. De hecho, hay al menos tres grupos de personas que precisan una mayor concreción en su frase: los vascos, los españoles (no vascos) y los extranjeros.

Ya se ha aclarado que cualquier español puede votar en el País Vasco con el simple empadronamiento, pero ¿qué pasa con los que no son españoles, sino extranjeros? Con la frase enunciada en su forma original, su exigencia de igualdad es imposible pues obvia a todos los extranjeros.

Para mantener su afirmación debería exigir el cambio de legislación y proponer la igualdad de derechos para todos, ya que ahora según la ley española los que no son españoles (aquellos que no tienen nacionalidad española) sí pueden alcanzar derechos sociales, pero no todos los derechos políticos. Si no exige este cambio legal, su comentario, tal y como lo enuncia, implica una gran contradicción ética, porque, excluye a los extranjeros.

Algo parecido se puede afirmar respecto al voto particular de Podemos a la ponencia de Nuevo Status, por lo que plantea un dilema que puede concretarse en la siguiente pregunta ¿Por qué criticáis lo propuesto en la ponencia, pero sí admitís que se den carnets de españolidad?

Además, se avanzan estos planteamientos en un momento que todos los países tratan de regular los flujos migratorios. El País Vasco también debería tener una herramienta propia para regularlos en función de sus necesidades, que pueden ser diferentes respecto a otras zonas o al conjunto del estado español.

España exige diez años de residencia (un residente es una persona que vive de forma legal) para nacionalizarse español, pero esta condición se reduce a dos años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí y a tres, para los ciudadanos de la U.E. Es decir, en función de la procedencia, se reduce la exigencia.

Hay que tener presente que se está en una coyuntura económica en la que la inmigración probablemente es necesaria y que ésta va a ir en aumento, máxime con las tasas de natalidad actuales. Se están dando flujos migratorios del interior del estado español, de Europa, Sudamérica, Oriente y África. Se reciben varios perfiles de personas y salen, aunque menos en número, personas de perfiles con alta formación. Y el País Vasco, igual que todos, precisa analizar estos flujos y, en lo posible, tener capacidad para gestionarlos.

Un buen ejemplo es Portugal. Ha estimado que para mantener un país con un mínimo de 10 millones de habitantes, tiene una necesidad de 75.000 inmigrantes por año con lo que equilibraría su tasa de natalidad, ya que calcula que para el 2060 puede perder el 40% de su población. Ha decidido hacer frente a este problema mediante el estímulo de la inmigración, que además tiene el hándicap de que los inmigrantes no quieren recalar en Portugal sino que prefieren otros países europeos, por lo que para atraerlos regularizará su situación otorgándoles permiso de residencia (es decir derechos sociales de ciudadanía, pero no de nacionalidad) con un año de estancia en el país.

Portugal abre la puerta mientras otros la cierran, pero lo hace de forma razonada, regulada y voluntaria. Y diferencia residencia de nacionalidad. Para alcanzar la nacionalidad exige seis años de residencia y un conocimiento mínimo del idioma. No se observan críticas a Portugal por no otorgar a estos inmigrantes la nacionalidad a la vez que la residencia, más bien hay condescendencia a este proceder.

Los vascos sabemos lo que es emigrar y recibir inmigración. Con la estructura demográfica actual y prevista del País Vasco y de las diferentes regiones mundiales los flujos migratorios van a ser continuos, necesarios e inevitables. De hecho las últimas encuestas reflejan una evolución hacia una actitud más receptiva hacia la inmigración, por parte de los vascos.

Aun siendo abiertos hacia la inmigración, el País Vasco precisa disponer de herramientas de gestión de estos flujos migratorios para lograr su persistencia y el equilibrio necesarios, por lo que para alcanzar derechos políticos parece evidente exigir alguna condición, aunque sea sencilla, en la que el arraigo y un mínimo conocimiento del idioma sean necesarios.

El nuevo status debería dotarse de herramientas claras para gestionar los flujos migratorios en función de las necesidades del país. Y puede regularse, tal y como lo hace España, de forma asimétrica.

La nacionalidad vasca posibilita responder a esta cuestión, máxime si se afirma que España es un estado plurinacional y que Euskadi es una nación. Si no gusta el concepto o se considera que no tiene encaje legal, sugiero que aquellos que discrepan, presenten alguna alternativa coherente para gestionar el dilema planteado, que no es baladí.

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3 comentarios en «A Idoia Mendia, sobre nacionalidad, ciudadanía y flujos migratorios»

  1. Interesante artículo sobre una cuestión delicada en absoluto baladí.
    Una simple referencia para apuntalar el planteamiento: el malogrado del Estatuto General del Estado Vasco, más conocido como el Estatuto de Estella de 1931, planteaba la necesidad de estar empadrona por 1 año siendo natural y para los no nacidos planteaba la necesidad de esta 10 años.

    La vecindad civil en derecho no se adquiere automáticamente, ya que se requiere de un mínimo de 2 años para su adquisición.

    Cuando un conocido historiador vivo en una charle decía que el Estatuto de 1936 era más democrática que el de 1931, me acerque a preguntarle porque decía eso. Me dijo que entre otros motivos, porque el del 1936 era un Estatuto de ciudadanía donde cualquiera que viviese aquí podia votar, mientras que el otros exigía la residencia por 10 años y hablaba de naturales y no naturales lo que genera desigualdad.

    yo le dije que mi mujer era extranjera y que no tenia derecho al voto todavía, ya que no es considerada natural del país, y que en tal caso España no habría que considerarla una democracia de ciudadanía, a lo que el me contestó que España daba las condiciones de igualdad para que cumplidos los requisitos ésta pudiera naturalizarse y adquirirla. Yo a eso le contesté que tal posibilidad de adquisición en igualdad de condiciones era el garantizado por el Estatuto del 1931 que el había criticado, y que si criticaba el Estatuto de 1931 tenia que criticar también el Código Civil. No despedimos con cara de muy pocos amigos por su parte.

    Detrás de todo esto hay un supremacismo la idea que la Española puede ser una nacionalidad pero la vasca no en todas sus consecuencias, la misma que hace que España pueda tener una constitución y nosotros no tengamos un constitución sino un estatuto etc….

    Es el españolismo supremacista español más rancio que se ha aupado llamando supremacistas a los demás tratando de ver la paja en el ojo ajeno y no viendo la viga en el propio.

  2. Eso de «no quiero vascos de primera y segunda» es una afirmación de cachondeo. No se si Idoya Mendia le ha dado alguna vuelta a su genial frase. Como marketing vale, como contenido serio es una basura.

    No se da cuenta que expresado así, en forma de eslogan, su afirmación está pensada solamente para que los españoles que no son vascos o no tienen residencia en los territorios vascos, tengan prácticamente los mismos derechos que los vascos.

    Está diciendo que cualquier español puede ser ciudadano vasco cuando desee, pero ningún extranjero puede ser vasco si no pasa por las leyes de España, que son las que realmente discriminan en españoles de primera y de segunda.

    Si un ciudadano colombiano no puede ser español más que cuando España le conceda sus derechos, por qué un ciudadano madrileño puede ser vasco sin que el País Vasco pueda decidir cómo concederle sus derechos de ciudadanía.

    Es decir, España puede discriminar pero el País Vasco no.

    Nada sobre la inmigración, nada sobre demografía, nada sobre cómo rejuvenecer el país y encima, nada de tener ningún derecho para gestionar los flujos de población.

    Menudo nivelón!

  3. Supremacismo del género idiota además de mermado es el que practican Casado Rivera y el ínclito Abascal, ante eso no hay palabras.
    Al PNV solo le queda negociar con el PSE y tratar de llegar a un acuerdo sensato.

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