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¿A quién corresponden las competencias fiscales en Euskadi?

Joxan Rekondo

Como candidato del PSE, Patxi López sigue insistiendo con su ‘raca-raca’ tributario, punto central de su plataforma electoral que llevaría aparejado una reforma sustancial del sistema institucional vasco. La verdad es que PSE y Bildu de la mano abordaron en Gipuzkoa una reforma fiscal que debió quedar corta a tenor de las nuevas propuestas de sus candidatos a las elecciones vascas.

Aunque en el marco del debate parlamentario de mayo se pudo ver que la cuestión no quedaba cerrada, el deterioro de los ingresos fiscales en los tres territorios vascos a pesar del incremento del IRPF y el restablecimiento de Patrimonio (en ambos impuestos, con tarifas algo superiores en Gipuzkoa que en Bizkaia y Araba) han devuelto la cuestión tributaria a la palestra electoral.

Al llevar al Parlamento  el debate de la fiscalidad vasca que habitualmente se desarrolla en el marco de las Juntas Generales, quedó clara que la intención más visible del grupo que sostiene al Gobierno López era corregir la situación de falta de protagonismo de las instituciones comunes a la hora de fijar el sistema fiscal vasco. Además, para los socialistas vascos el debate tributario tiene un evidente interés electorero, ligado a una estrategia de cambio del perfil público de Patxi López, que les vale para asociar en los últimos meses la figura del lehendakari socialista a una imagen más progre, de azote de los ricos y muro de contención ante el acceso al gobierno de una imaginaria derecha vasca que, al decir de los socialistas, pretendería apretar las tuercas fiscales sólo a los vascos con nómina.

El enfrentamiento parlamentario de mayo se centró principalmente en la cuestión de quién es la institución competente en materia fiscal. A las puertas de la campaña, la muletilla de López insiste en el mismo tema, la reforma institucional que juego al Parlamento Vasco a la hora de fijar la fiscalidad. Pero, para este objetivo no es necesaria reforma alguna, sino correlación de fuerzas.

Veamos el marco normativo. El Estatuto de Gernika fija la competencia de ‘mantener, establecer y regular’ el régimen tributario en las instituciones de los Territorios Históricos que, además, son responsables de la ‘exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección’ de los impuestos. La competencia de ‘mantener, establecer y regular’ el régimen tributario se desarrolla, sin embargo, en el marco del Concierto y de acuerdo con las ‘normas de coordinación, armonización fiscal y colaboración’ que establezca el Parlamento Vasco. Esta capacidad regulatoria que se asigna al Parlamento se sustanció en la Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal.

El alcance de la actividad armonizadora es amplio y la ley establece que aplica a través de la OCT (Órgano de Coordinación Tributaria, compuesto por una representación paritaria del Gobierno y Diputaciones). De acuerdo con la misión que le corresponde, según la web de Hacienda del Gobierno vasco, busca “impulsar la armonización, coordinación y colaboración entre las Diputaciones Forales”. Sin embargo, hay que reconocer que ‘impulsar’ no es ‘establecer’ ni ‘regular’ y tampoco el ‘dictar’ que el Estatuto fija como potestad del Parlamento vasco.

Por tanto, ¿podría ser el propio Parlamento quién asumiera para sí esta potestad armonizadora, sin desbordar el marco conformado por el Concierto y el Estatuto? Por supuesto; es el Estatuto el que en el artículo 41.2 habilita directamente al Parlamento y la potestad de ‘mantener, establecer y regular los tributos’ de los Territorios Históricos se entiende limitada por esa habilitación, aunque la Ley 3/1989 haya preferido coordinar las actuaciones fiscales de las tres Diputaciones, ante la presencia del Gobierno vasco, en el seno de la OCT. Un experto, como De la Hucha Celador, dice en Iura Vasconiae que: “Con buen sentido común, el Gobierno y el Parlamento vascos no han hecho uso de las facultades contempladas en la Ley de Armonización de 1989, pese a que jurídica y por razones de financiación homogénea de la CAPV, dicho uso estuviera, en algún momento, justificado”.

Hay quien defiende otras cosas, el debate político sobre todo está muy abierto. Y las fuerzas políticas, hoy por hoy, son mayoritariamente contrarias, acaso por el ‘buen sentido común’ que en las instituciones vascas entrevé De la Hucha Celador, a abrir el melón de la intervención del Parlamento vasco en materia tributaria. Otra cosa es lo que suceda en la legislatura que se abre. Por ahora, aunque las encuestas predicen un triunfo del nacionalismo vasco, EH Bildu y PSE (que son fuerzas políticas favorables a la intervención de las instituciones comunes en la política tributaria) podrían disponer de la mayoría suficiente para habilitar por primera vez la intervención parlamentaria en la armonización (buscando incluso la uniformización) de las Normas Fiscales de los tres Territorios Históricos. Es seguro, sin embargo, que esta actuación abriría un escenario de inestabilidad en las relaciones institucionales de difícil reconducción.

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Un comentario en «¿A quién corresponden las competencias fiscales en Euskadi?»

  1. Sorry, no viene al hilo de post, pero esta noticia es un reflejo bien claro de lo ruinoso que es estar cobijados bajo la marca españa. Leido esto es fácil concluir que sería justa que no pagaramos un duro al reino de españa en lo referente a política exterior (y europea). Estos españoles no tienen patriotismo.

    http://www.deia.com/2012/10/03/sociedad/euskadi/el-cambio-de-criterio-de-madrid-coincide-con-el-fichaje-de-hernani-por-el-centro-de-suecia

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